Somos un equipo de mediadores
La Mediación como vía alternativa a la judicial
En Barahona del Val Abogados somos conscientes del sentimiento negativo que con carácter general supone el adentrarse en un procedimiento judicial, más aún cuando se tratan temas de especial delicadeza o en personas totalmente ajenas al mundo jurídico. Por ello, queremos aprovechar la oportunidad que se nos brinda con la aprobación de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, donde se prevé una vía de solución de conflictos alternativa a la judicial, la mediación. La característica principal del procedimiento de mediación es su carácter no adversarial, es decir, son las propias partes enfrentadas las que, en el seno de una negociación y diálogo, encontrarán la solución que mejor satisfaga los intereses que están en juego. En este camino no estarán solas, sino que contarán con el asesoramiento de uno o varios mediadores del Despacho que actuarán de manera neutral y garantizando la igualdad entre las partes, que además son abogados en ejercicio, por lo que cuentan con las habilidades profesionales y personales idóneas para dirigir el procedimiento. ¿qué ventajas tiene este procedimiento de mediación? Como adelantábamos, la principal ventaja es que la solución al conflicto planteado no viene impuesta por un tercero, sino que son las propias partes implicadas las que llegan a un acuerdo que pone fin a su controversia, por lo que éste resolverá de manera eficaz el problema planteado, ya que nadie mejor que las partes afectadas conocerá su extensión. Con ello se consigue que los acuerdos alcanzados sean más duraderos, por ser lo realmente querido por las partes, evitando así la aparición de problemas futuros. A este acuerdo se llega a través de una mejora en la comunicación de las partes y de un diálogo abierto entre éstas, que serán escuchadas y asesoradas, tanto en sesiones conjuntas como individuales. La mediación es voluntaria, es decir, es necesaria la voluntad de las partes para someterse a este procedimiento y, además, en cualquier momento las partes pueden decidir abandonarlo, no estando obligadas a llegar a un acuerdo. Además de reducir el impacto psicológico de un procedimiento judicial, con la mediación se reduce el impacto económico, al ser un procedimiento más económico. Otra ventaja es el ahorro de tiempo en la resolución del conflicto con respecto a un procedimiento judicial, debido al carácter flexible y antiformalista. Es importante destacar que el acuerdo de mediación tiene carácter vinculante entre las partes, además de constituir un título ejecutivo una vez sea elevado a escritura pública, garantizando así el cumplimiento de lo pactado.